Precios de trasferencia


Obligación de las personas físicas y morales.
(Artículo 86, 215 y 216)
Precios de transferencia, es una figura  que trata de controlar que los precios en transacciones comerciales entre partes relacionadas sean igual a aquellos precios que se darían entre empresas o partes no relacionadas, con el fin de evitar algún beneficio fiscal superior al que se daría con tercero.
Con esta figura de precios de transferencia, se fija un mecanismo que permitan contratar las transacciones comerciales entre partes relacionadas con el propósito de que los precios que se manejen entre ellos sean de libre mercado, es decir que sean iguales a aquellos que se darían entre empresas o partes no relacionadas.

Si su empresa realiza operaciones con partes relacionadas nacionales o extranjeras, requerirá del Estudio de “Precios de Transferencia” requerido para la presentación del Dictamen Fiscal.